Canarias — España

Esta ficha resume el reembolso por kilómetro más habitual en Canarias (comunidad autónoma), tomando Las Palmas como referencia operativa. La cifra base es el límite exento de IRPF fijado por el Real Decreto 307/2020, complementado por los pluses pactados en los convenios sectoriales aplicables a Canarias. Empresas con sede en Las Palmas y delegaciones en municipios cercanos utilizan esta referencia para uniformar políticas de gastos, evitar regularizaciones con la Agencia Tributaria y simplificar la justificación documental ante una eventual inspección. La página añade los cinco trayectos por carretera más consultados con origen o destino en Las Palmas, tres casos de uso prácticos —comerciales itinerantes, inspectores y empleados públicos— y respuestas a las tres dudas más frecuentes sobre tributación, justificación y exceso sobre el límite exento. Toda la información se revisa cada trimestre y puede descargarse en PDF para integrarla en la política interna de gastos de viaje.

Contexto y política de reembolso en detalle

La comunidad autónoma de Canarias, con capital en Las Palmas, es un archipiélago con economía turística y régimen fiscal especial (REF). Las principales ciudades además de Las Palmas son Santa Cruz de Tenerife, Telde y Arrecife, que concentran la mayor parte de los desplazamientos corporativos. La orografía y la red de autovías y autopistas condicionan el coste real por kilómetro: la mezcla entre vías de alta capacidad libres, autopistas con peaje y carreteras secundarias define cuánto cuesta realmente cada visita comercial o técnica en Canarias.

Los sectores que más kilometraje generan en Canarias son turismo, comercio bajo REF y energías renovables. Comerciales itinerantes, inspectores y técnicos realizan rutas en Gran Canaria por la GC-1 y la GC-2, con medias semanales de 400 a 900 km por colaborador. La cifra base es el límite exento de IRPF fijado por el Real Decreto 307/2020 —0,26 €/km— complementado por los pluses pactados en convenios sectoriales aplicables a Canarias, que permiten elevar el importe neto sin penalización fiscal cuando la documentación es correcta.

En materia fiscal, el reembolso por kilometraje pagado en Canarias está exento de IRPF hasta 0,26 €/km cuando se justifica con hoja de ruta firmada, indicando fecha, hora, origen, destino y motivo del desplazamiento. Las empresas con sede en Las Palmas guardan estos partes durante cuatro años para responder ante la Agencia Tributaria. Cualquier importe pagado por encima de 0,26 €/km tributa como rendimiento del trabajo y se incluye en la nómina con su retención y cotización a la Seguridad Social.

Particularidad local: La doble insularidad complica desplazamientos entre islas; el coste del barco o avión va por separado. Por ello, la política interna aplicable a Canarias debe contemplar partidas separadas para peajes, aparcamiento, lavado del vehículo y carga eléctrica, todos ellos reembolsables como suplido sin consumir el límite exento. Los desplazamientos típicos —rutas en Gran Canaria por la GC-1 y la GC-2— se preautorizan cuando superen 300 km diarios, permitiendo presupuestar pernocta y dieta en destino en lugar de exceder el límite exento de IRPF.

Para consultar la tarifa vigente en Canarias, utiliza los recursos relacionados al pie de la página: la tabla completa de tarifas españolas por año, el índice de rutas más consultadas con origen o destino en Las Palmas, y los artículos del blog sobre cálculo, justificación y exportación de informes de kilometraje. La calculadora gratuita simula cualquier trayecto desde Las Palmas aplicando los valores anteriores y genera un justificante en PDF listo para adjuntar a la hoja de gastos mensual.

En síntesis, una política de kilometraje ajustada a la realidad de Canarias combina tres pilares: el límite exento de 0,26 €/km del Real Decreto 307/2020, un suplemento regional pactado por convenio que refleje los corredores viarios que conectan Las Palmas con Santa Cruz de Tenerife, y un flujo de justificación documental —parte de viaje, fotografías del odómetro, justificantes de peaje y aparcamiento— capaz de sostener el carácter exento ante la Agencia Tributaria. Sectores como turismo se benefician directamente de este rigor, asegurando previsibilidad presupuestaria y protegiendo a la empresa ante cualquier inspección fiscal o laboral futura.

Tabla de reembolso

CategoríaValor por kmFuente
Reembolso exento Hacienda (2025) 0,26 €/km Real Decreto 307/2020 + IRPF
Vehículo propio convenio sectorial 0,30 €/km Convenios provinciales
Motocicleta 0,18 €/km Convenios sectoriales
Funcionario público (R.D. 462/2002) 0,26 €/km BOE — actualización 2023

Rutas populares desde Las Palmas

Casos de uso

Comerciales itinerantes en Canarias

Delegados de venta con base en Las Palmas liquidan dietas y kilometraje aplicando el límite exento de Hacienda y los pluses del convenio aplicable a Canarias.

Inspectores y peritos

Profesionales que se desplazan por Canarias para verificaciones técnicas registran trayecto y motivo, manteniendo trazabilidad para inspección de Trabajo.

Empleados públicos en comisión de servicio

Personal de la administración de Canarias aplica el R.D. 462/2002 con la actualización vigente y declara los desplazamientos según la sede en Las Palmas.

Caso práctico local

Caso práctico local: AltiplanoVende CAN, empresa del sector de turismo con sede en Las Palmas y 15 comerciales en ruta cubriendo el corredor Las Palmas–Santa Cruz de Tenerife y demás municipios de la comunidad autónoma, registraba 2028 km/mes por colaborador antes de adoptar el proceso de justificación descrito arriba. Tras implantar la hoja de ruta firmada con lectura de odómetro y la tarifa base alineada con el Real Decreto 307/2020 (0,26 €/km), AltiplanoVende CAN redujo en 9% los rechazos internos, mantuvo el reembolso íntegramente exento de IRPF y Seguridad Social, y pasó a cerrar el mes de kilometraje en tres días hábiles en vez de dos semanas — sin alterar el presupuesto total destinado a desplazamientos en Canarias.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite exento de IRPF en Canarias?
En Canarias, igual que en el resto del Estado, el reembolso por kilometraje está exento de IRPF hasta 0,26 €/km cuando se justifica con hoja de ruta, fecha y motivo del desplazamiento (Real Decreto 307/2020).
¿Los peajes y aparcamientos se reembolsan aparte?
Sí. Los gastos de peajes, aparcamiento y combustible para vehículos eléctricos se reembolsan como suplido aparte en Canarias, presentando factura o ticket; no consumen el límite exento de los 0,26 €/km.
¿Se aplican retenciones si la empresa paga más de 0,26 €/km?
La parte que excede 0,26 €/km tributa como rendimiento del trabajo en Canarias y se incluye en la nómina con su correspondiente retención y cotización a la Seguridad Social.

Recursos relacionados