AFIP RG 5616 y el tratamiento tributario de los viáticos en Argentina en 2026
La RG 5616 actualizó los límites exentos de viáticos en Argentina. Cómo aplicar sin caer en retención.
Qué cambió con la RG 5616
La Resolución General 5616/2026 de la AFIP actualizó los topes deducibles y la base no remunerativa de viáticos para empleados en relación de dependencia. Los cambios principales:
1. Tope diario de viático nacional: ARS 22,000 (antes ARS 18,500), ajustado por IPC. 2. Tope diario de viático internacional: USD 75 (antes USD 60). 3. Reembolso de kilometraje en vehículo propio: deducción del 40% del costo presunto publicado por DGI cada trimestre, aplicable hasta 8,000 km/año por empleado.
Los topes operan como zona segura: pagos hasta el tope no son ingreso gravable, no entran en SUSS, y son deducibles para el empleador. Pagos sobre el tope se gravan integralmente en la diferencia.
Costo presunto trimestral
La DGI publica trimestralmente el costo presunto de operar un automóvil promedio en Argentina, que incluye combustible, lubricantes, mantenimiento, neumáticos, seguros, patente y depreciación. Para Q1 2026, el costo presunto es ARS 480/km. La RG 5616 fija que la deducción patronal por kilometraje en vehículo propio del empleado es 40% de ese valor — ARS 192/km — sin retención al empleado.
El empleador puede pagar más de ARS 192/km, pero el exceso se grava como remuneración.
Documentación requerida
Para que el reembolso califique como viático y no como remuneración:
1. Política interna escrita y firmada por el empleado. 2. Solicitud previa o autorización del jefe. 3. Bitácora de viaje: fecha, origen, destino, propósito, km. 4. Comprobantes (combustible, peajes, hospedaje) — facturas A o B según el caso. 5. Rendición dentro de 30 días corridos del fin del viaje. 6. Pago bancario, separado del salario.
La AFIP también valida cruces entre la planilla SUSS y los pagos por viáticos: pagos repetitivos por monto idéntico durante 6 meses son presunto salario.
Tratamiento en SUSS y obra social
Viáticos dentro del tope de la RG 5616 no integran la base imponible para aportes y contribuciones de SUSS, obra social ni cuota sindical. Es la diferencia clave con un esquema de 'compensación variable' que sí entra en la base.
Viáticos sobre el tope: la diferencia entra en la base. Esto se calcula trabajador por trabajador, no en promedio del equipo.
Caso práctico: vendedor en CABA-Buenos Aires
Un vendedor recorre 1,400 km/mes visitando clientes industriales en Zona Norte y Sur del GBA. La empresa paga ARS 200/km como reembolso, basado en su política interna.
- Tope RG 5616: ARS 192/km. - Pago efectivo: ARS 200/km × 1,400 km = ARS 280,000. - Tramo no remunerativo: ARS 192 × 1,400 = ARS 268,800. - Tramo remunerativo: ARS 11,200/mes (ARS 134,400/año).
La empresa retiene Ganancias y aporta SUSS sobre los ARS 11,200 mensuales como remuneración complementaria. La parte de ARS 268,800 fluye libre.
Errores que generan ajuste
1. Pagar la totalidad sin diferenciar tramo no remunerativo y tramo remunerativo. 2. Bitácora ausente o reconstruida al cierre. 3. Pagar arriba del tope sin retener Ganancias en el exceso. 4. Mezclar pagos de viático con pagos de bonus en el mismo concepto. 5. No actualizar la política a la nueva versión de la RG (cambia anualmente).
Calendario operativo 2026
- 1 de marzo: aplicar tope Q1. - 1 de junio: revisar publicación de costo presunto Q2 de DGI. - 1 de septiembre: revisar publicación Q3. - 1 de diciembre: revisar publicación Q4. - 31 de marzo 2027: F.572 web del empleado debe reflejar correctamente el tramo remunerativo del viático del año anterior.